
El derecho de los extranjeros al trabajo en la Comunidad Valenciana: “ Las personas extranjeras mayores de 16 años , que hayan solicitado y obtenido la correspondiente autorización administrativa para trabajar , podrán trabajar en España y residir en este país durante el tiempo de vigencia de dicha autorización”
La inscripción en este servicio no es obligatoria ni para la búsqueda de empleo , ni para la obtención de la autorización para trabajar , pero si que es CONVENIENTE ESTAR INSCRITO EN EL servef para poder orientarse sobre los siguientes aspectos:
OFICINA DEL SERVEF a la que corresponde el municipio de Manises:
Sita en QUART DEPOBLET.
C/ Marques de Solferit nº 32 ( Ultima parada de autobús en Quart de Poblet, dirección a Valencia)
Teléfono. 96 154 85 78.
Además existe un teléfono de Información General: 012.
Web: www.gva.es/guiaempleo (buscar en apartado: “Directorio de Entidades”)
Cualquier extranjero que desee emprender un negocio o montar una empresa por cuenta propia , deberá estar en posesión de la correspondiente autorización para trabajar y deberá dirigirse a la sede de la CAMARA DE COMERCIO en VALENCIA.
C/ Jesús num. 19 . VALENCIA (Parada de Metro de Xativa).
Teléfono: 96 31303900.
Web: www.camaradecomercio.com.
- Si la persona extranjera es MENOR DE 30 AÑOS, puede dirigirse al INSTITUTO VALENCIANO DE LA JUVENTUD, (IVAJ).
C/ Hospital num. 2 . Valencia (junto a Guillem de Castro-metro Angel Guimera)
Teléfono: 963985941.
Web: www.ivaj.es
- Si la persona extranjera es MUJER, puede dirigirse a la CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL. DIRECCION GENERAL DE LA MUJER.
C/ Naquera. num. 9. Valencia.
Web: www.bsocial.gva.es (buscar en MUJER)
- Si la persona que pretende montar un negocio no cuenta con la financiación necesaria, se puede solicitar información sobre MICROCREDITOS en: