Ayuntamiento de Manises
AJUNTAMENT DE MANISES
Plaça del Castell 1
Tel. 96 154 51 16 / Fax 96 152 04 53
ayuntamiento@manises.es
A- SERVICIO DE INFORMACIÓN ORIENTACIÓN Y ASESORAMIENTO
  • El servicio de Información, orientación y asesoramiento técnico está dirigido a toda la población y trata sobre los derechos y los recursos existentes en el ámbito de los Servicios Sociales.
     
  • Atención a personas con discapacidad, información, gestión y/o tramitación de solicitudes para:
         - Centros Residenciales
         - Centros de Dia
         - C.R.I.S
         - Centros Ocupacionales
         - Estimulación Precoz
         - Vivienda Tutelada
         - Servicio de Ayuda a Domicilio 
       Mas información

  • Información y Derivación a otros recursos no dependientes de Servicios Sociales.
     
  • Derivación a Servicios Sociales Especializados.
     
  • Atención e información a mujeres víctimas de violencia de género:
         - Información y tramitación ayudas económicas
         - Tramitación del Servicio de Teleasistencia.
         - Solicitud de plaza en Centros de Acogida.
         - Derivación a Oficina de Atención a Víctimas del Delito (OAVD).
    Fundación FAVIDE. Atención a las víctimas del delito y encuentro familiar
         - Derivación Centro Mujer 24 horas.
         - Derivación a SEAFI (Intervención y /o atención psicológica)
         - Derivación a otros recursos (Sanitarios, Formación, Búsqueda de Empleo, etc).
B- PROGRAMA DE EMERGENCIA SOCIAL

Este programa tiene por objeto la atención de las necesidades básicas. Son ayudas económicas de carácter extraordinario destinadas a paliar situaciones en que pueden hallarse las personas, con hogares independientes, afectadas por un estado de necesidad y dirigidas a la unidad de convivencia.

Las modalidades de presentación del programa son las siguientes:

1. Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI).

Se regulan anualmente mediante una Orden de la Consellería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana.
ORDEN de 14 de diciembre de 2007, (DOCV nº 5667, de 26/12/07, Título I Capítulo III)

Son ayudas dirigidas a personas o núcleos de convivencia. Pretenden apoyar o paliar situaciones deterioradas, de necesidad o con graves problemas específicos que afectan a la autonomía de las personas, y que éstas no pueden solucionar con sus propios medios o recursos.

Los tipos de prestaciones son las siguientes:

  • Ayudas de Emergencia
       - Necesidades básicas.
       - Uso de vivienda habitual.
       - Ayudas extraordinarias.
     
  • Ayudas para el Desarrollo de Personas de más de 60 años
       - Eliminación de barreras arquitectónicas en su vivienda.
       - Ayudas técnicas para la compra de audífonos, adaptación del hogar y útiles para el desenvolvimiento en la vida ordinaria.
     
  • Ayudas por Acogimiento Familiar de menores, simple o permanente en familia extensa o afín (previa formalización del mismo).
  • Ayudas para Personas con Discapacidad
    Desarrollo personal:
       - Ayudas técnicas y productos de apoyo.
       - Eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y adaptación funcional del hogar.
       - Adaptación de vehículos a motor.
       - Ayudas para el transporte.

    Complementarias de apoyo social:
       - Atención Especializada en Centros Residenciales.

2. Renta Garantizada de Ciudadanía.

La renta garantizada de ciudadanía se configura como una prestación económica gestionada por la red pública de servicios sociales, de carácter universal, vinculada al compromiso de los destinatarios de promover de modo activo su inserción sociolaboral y cuya finalidad es prestar un apoyo económico que permita favorecer la inserción sociolaboral de las personas que carezcan de recursos suficientes para mantener su adecuado bienestar personal y familiar, atendiendo a los principios de igualdad, solidaridad, subsidiariedad y complementariedad.